El Reino Unido ha dejado de formar parte de la Unión Europea (BREXIT) desde el mes de Febrero de 2020.
No obstante, dicha salida no será efectiva, hasta el 1 de Enero de 2021.
En consecuencia durante el año 2020, el Reino Unido podrá seguir actuando como hasta ahora en su comercio internacional con la Unión Europea, pero a partir del 1 de enero de 2021, será considerado a todos los efectos como un País de Fuera de la Unión Europea.
CONSECUENCIAS A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2021.
1.-Las Ventas de bienes que se realicen al Reino Unido, se considerará EXPORTACIÓN, en lugar de Entrega Intracomunitarias de Bienes.
2.-Las compras de bienes que se realicen al Reino Unido, se considerará IMPORTACIÓN, en lugar de Adquisición Intracomunitarias de Bienes, lo que obliga a pagar IVA en Aduanas y en determinados productos, ARANCELES.
3.-El régimen de ventas a distancia dejará de ser de aplicación.
En definitiva, con el nuevo año y salvo que se tomen nuevas medidas, el Reino Unido será considerado a todos los efectos un país tercero fuera de la Unión Europea, con todas sus consecuencias fiscales que ello conlleva.